Diego Marín Buitrago, alias ‘Papá Pitufo’, el “zar” del contrabando en Colombia.
POR JOSÉ ARNULFO BAYONA* /
“Poderosos Caballero es don dinero”.
– Francisco de Quevedo
El escándalo de moda, que se escapó de los polvorientos anaqueles de la Fiscalía General y del sistema de justicia colombiano, que saltó el cerco del silencio impuesto durantsolvencia de las entidades autorizadas para operar el aseguramiento en salud. Este decreto establece la obligación de mantener reservas técnicas, un requisito crítico que ha sido sistemáticamente ignorado, lo que ha llevado a la actual crisis de insolvencia. Intentar justificar esta situación como un efecto inevitable es inaceptable; la crisis es una consecuencia directa de la negligencia en cumplir con estas obligaciones esenciales.
Como lo explica Vicente Calvo: los recursos (dinero en cash) de la UPC deben estar “engrapados” o asignados a cada autorización de servicios hasta que la Institución Prestadora de Salud (IPS) facture y le corresponda su pago. Este proceso garantiza que los recursos se utilicen de manera adecuada y se mantenga la estabilidad financiera del sistema. Este es el mecanismo que se logra únicamente mediante el manejo adecuado de reservas técnicas “
El artículo 7 del decreto define muy bien la obligatoriedad de constituir las Reservas técnicas.“Las entidades tienen la obligación de calcular, constituir y mantener actualizadas mensualmente las reservas técnicas, las cuales deberán acreditarse ante la Superintendencia Nacional de Salud”.
Además, el numeral 1 del mismo artículo, refuerza la obligatoriedad al establecer laReserva para obligaciones pendientes:“Debe asegurar una provisión adecuada para garantizar el pago de la prestación de servicios del Sistema de Seguridad Social en Salud que están a cargo de las entidades, subrayando la obligación de mantener reservas suficientes para cumplir con la obligación financiera, creada tan pronto como tenga conocimiento de la situación, evento o circunstancia que pueda dar lugar a una deuda o gasto”.
En resumen, la entidad tiene la obligación de reservar fondos para cubrir futuros gastos o deudas tan pronto se entere de la situación que puede provocar dichas contingencias asegurando así que cuenta con los recursos necesarios para cumplir con sus compromisos financieros
El asunto se complica aún mas para las EPS con lo establecido en el artículo 8 del Decreto: “Inversión de las reservas técnicas. Las entidades deben mantener inversiones que cubran al menos el 100% del saldo de sus reservas técnicas correspondientes al mes calendario inmediatamente anterior. Estas inversiones deben realizarse de acuerdo con el régimen y los plazos definidos en el artículo 9 del mismo decreto”.
Busca garantizar la disponibilidad en el numeral 4. Restricciones. Las inversiones de las reservas técnicas se deben mantener libres de embargos, gravámenes, medidas preventivas, o de cualquier naturaleza que impida su libre cesión o transferencia. Cualquier afectación de las mencionadas impedirá que sea computada como inversión de las reservas técnicas
En otras palabras, se impone una obligación adicional a las EPS: deben asegurar que las reservas técnicas que acumulan, destinadas a cubrir futuras obligaciones financieras, se inviertan de manera que siempre cubran al menos el total de la cantidad acumulada en el mes anterior. Este requisito busca garantizar que las reservas estén adecuadamente gestionadas y disponibles para cumplir con los compromisos financieros.
“Precisamente por esta razón, el Estado gira a las EPS de manera anticipada el valor equivalente a la UPC que le corresponde según el número de afiliados que tengan. Y si el dinero que reciben no es suficiente, deben pedir prestado, aportar capital y recortar gastos, porque, como aseguradores, se les exige un capital mínimo y un patrimonio adecuado” (Vicente Calvo).
No señores, la norma es muy clara. Algunos defensores del modelo quieren ampararse en lo establecido en el Decreto 600 de 2020, “las EPS podrían hacer estos pagos de carteras de vigencias anteriores con cargo a las reservas técnicas siempre y cuando presentaran ante la Superintendencia Nacional de Salud una política de pagos dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la expedición del presente decreto”. Omitiendo que se trató de un decreto transitorio, al cual se acogieron solo cinco EPS
Por eso sorprende la voz de las EPS afirmando su desacuerdo con la Contraloría General de la República: “la realidad es que, con cargo de la UPC de ese año, las EPS asumieron todo el componente de atención, que si bien es cierto disminuyó por el uso de servicios diferentes al virus (principalmente por el confinamiento), también incrementó el costo por la severidad de los enfermos, largas estancias con unidades de cuidado intensivo y complejidad de los tratamientos”.
La pandemia no puede ser utilizada como excusa para justificar el desvió de recursos destinados a la salud, particularmente aquellos asignados a las Unidad de Pago por Capitación (UPC). Mediante Decreto legislativo 444, se creó el Fondo de Mitigación de Emergencia (FOME) para asegurar la prestación de servicios esenciales durante la emergencia sanitaria , mitigar los efectos adversos sobre hogares y empresas, y proporcionar los insumos necesarios para mantener y restablecer la actividad económica del país , disponiendo de un espacio de gasto de 40.5 billones de pesos , incorporando el presupuesto en dos etapas, en teoría para “atender la emergencia con celeridad y efectividad”.
Los recursos del FOME se destinaron a atender los 3 ejes de acción de la atención a la emergencia durante la vigencia 2020 y 2021: 1. La atención de la emergencia sanitaria con recursos aprobados por $15,97 billones (39,4 % del total de los recursos del FOME) 2. La protección a la población más vulnerable con recursos aprobados por $14,2 billones (35% del total de los recursos del FOME) 3. Protección del empleo y a la actividad económica con recursos aprobados por $10,4 billones (25,6% del total de los recursos del FOME).
El Ministerio de Salud y Protección Social identificó tres campos de acción fundamentales para la atención e décadas por los medios corporativos y rompió el velo encubridor de los secretos de las altas cumbres del poder económico, político y militar colombiano, se encuentra hoy instalado en el debate público.
Se trata de la puesta en evidencia de las actividades criminales del más poderoso contrabandista de la historia de Colombia, Diego Marín Buitrago, reconocido como el “zar” del contrabando, alias ‘Papá Pitufo’ y sus actividades criminales, relacionadas con el contrabando de todo tipo de mercancías, el lavado de activos proveniente del narcotráfico, principalmente de los carteles del norte de Valle del Cauca y, la construcción de una gigantesca red de corrupción, que involucra funcionarios de las aduanas, de la DIAN, la Policía Fiscal Aduanera (POLFA), las cúpulas de la Policía, las autoridades portuarias, exministros, generales, partidos políticos, campañas electorales, parlamentarios, exparlamentarios, magistrados, exmagistrados, jueces, la Fiscalía General de la Nación, el sistema financiero y hasta expresidentes de la República, etc., que puso a su servicio a lo largo de sus 38 años de vida delictiva (1987 – 2025).
José Arnulfo Bayona
Casi cuatro décadas que abarcan cerca de 10 periodos presidenciales, durante los cuales los miles de millones de pesos que ha repartido el protagonista de este nuevo reality, para construir su poderoso imperio de corrupción, engordaron las fortunas de miles de altos funcionarios públicos durante los gobiernos de Julio Cesar Turbay, Belisario Betancur, Cesar Gaviria, Ernesto Samper, Andrés Pastrana, Álvaro Uribe, Juan Manuel Santos e Iván Duque. La justicia está en la obligación moral de investigar las campañas electorales y la gestión de todos esos gobiernos que, presuntamente, hicieron parte de la poderosa red de corrupción de este delincuente, que se paseó durante décadas, como pedro por su casa, libre de toda sospecha, por los despachos de dichas cúpulas, repartiendo sumas millonarias a partidos, políticos y gobiernos corruptos para comprar impunidad. Muchos de estos delitos seguramente prescribieron; pero, sus expedientes deben ser abiertos para que se establezca la verdad, pese a que no haya lugar a sanciones penales.
Este escándalo, por su dimensión y porque, con el entramado de corrupción que construyó el ‘Papá Pitufo’, que logró penetrar todas las instituciones administrativas, judiciales, políticas, militares, electorales, de control, económicas, etc., pone en evidencia la podredumbre de la institucionalidad, (la super estructura jurídica y política imperante), que integra el sistema económico y político al servicio de los verdaderos dueños del país, quienes, a la hora de acumular capital, tiran la ética pública al sesto de la basura.
En la sociedad capitalista, lo que importa es el dinero sin interesar su procedencia, que corrompe la moral pública y otorga poder sin importar el mérito ni la honradez; con el gran dinero se compran conciencias, se compran votos y se eligen gobiernos corruptos, que, no solo protegen, sino que aseguran impunidad y miran para otro lado a la hora de investigar las fortunas de sus financiadores, legales e ilegales.
Es inadmisible que al criminal Diego Marín, solo se le pretenda juzgar por los delitos cometidos de 2023 en adelante, como lo ha denunciado el señor presidente, si en la fiscalía, reposan denuncias contra 131 exfuncionarios de la DIAN por sus nexos con el contrabando de 2013 en adelante y existen evidencias de que el zar del contrabando venía delinquiendo desde 1994 a partir el San Andresito de Pereira, en donde inició la conformación de una red larvada en, no se sabe cuántas entidades del Estado, según lo denunció la doctora Eva Carolina Madrid Torres, directora de la Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC). Es que la urdimbre de corrupción organizado por ‘Papá Pitufo’, no solo fue para garantizar el silencio de las autoridades aduaneras y de los órganos judiciales, sino que también le sirvió para adquirir el poder de hacer nombrar o destituir sus cómplices en importantes cargos de la DIAN, de la POLFA (Policía Fiscal y Aduanera) y de las autoridades portuarias de todo el país.
La fiscal general, Luz Adriana Camargo, debe aclararle al país, por qué, a pocas semanas de su posesión, mediante llamada al celular desde su despacho, se le ordenó a un fiscal encubierto, infiltrado en la organización de ‘Papá Pitufo’, que logró establecer que la POLFA es un antro de corrupción puesta al servicio del capo mayor del contrabando, en la que están comprometidos generales, coroneles, mayores y otros oficiales de esta entidad policial, en medio de una audiencia de solicitud de captura del capo y sus colaboradores dentro de dicha entidad, no continuar en la audiencia y, además, se le exigió entregar el expediente que contenía las pruebas que comprometían a los funcionarios corruptos, bajo la acusación de “no haber hecho nada con el material recaudado” (testimonio del Fiscal delegado contra delitos fiscales, Andrés F Marín. Noticias UNO).
Pero, además, el país debe saber que no solo se trata de la gigantesca red de corrupción al servicio del “zar del contrabando”, sino de la gran corrupción que pudrió las instituciones al servicio de los intereses, tanto del gran capital nacional y multinacional, como de las mafias del contrabando y el narcotráfico.
La exfiscal Angélica Monsalve, acaba de divulgar en un “en vivo” grabado por ella, cómo la Fiscalía General, en manos de su titular Luz Adriana Camargo, continúa tomada por una legión de fiscales que han conformado “un entramado de corrupción” que, según su denuncia, no es para administrar justicia, sino para “comercializar proyectos” y “vender impunidad”, un “concierto para delinquir”. Denunció que la dupla delincuencial de Francisco Barbosa y Martha Mancera, mantienen el control de la Fiscalía al servicio del cuestionado expresidente Duque y sus colaboradores y de las mafias de contrabandistas y narcotraficantes.
Igualmente, entre muchas denuncias, hizo una sobre la persecución a la fiscal Paola Londoño, quien estuvo encargada del caso de ‘Papá Pitufo’ y se atrevió a dictarle orden de captura y solicitar su extradición, le quitaron el caso y se lo asignaron al fiscal Deivi Alfredo Cáceres, “un títere de Barbosa y Mancera”. En ese entramado figura comprometido el actual vicefiscal general, Gilberto Javier Guerrero Díaz, (mencionado en el escándalo pitufesco), quien, antes de ser nombrado por la nueva Fiscal General, oficiaba como director de Fiscalías de Buenaventura elegido por Martha Mancera.
La exfiscal Angélica Monsalve rememora el caso del fiscal Francisco Javier Martínez Ardila, que fue coordinador del CTI en Buenaventura, conocido con el alias “Pacho Malo”, protegido y cómplice de Martha Mancera, capturado en Medellín, a donde había sido trasladado por la exvicefiscal, por liderar una red criminal dedicada al contrabando y el narcotráfico, seguramente como parte de la red de Papde la emergencia sanitaria: 1) ampliación de la oferta hospitalaria, 2) garantizar el aseguramiento en salud de la población y 3) la puesta en marcha del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19 y la estrategia PRASS. En conjunto la ejecución de estas medidas en el 2020 fue del 62% del total aprobado, al 12 de marzo de 2021 se ha ejecutado un 24,4 % adicional, quedando pendiente de ejecutar el 13 % de lo aprobado.
Las medidas relacionadas con la ampliación de la oferta comprenden la compra de equipos biomédicos como ventiladores, monitores, camas hospitalarias, bombas de infusión, la adecuación de camas hospitalarias, unidades portátiles de rayos X, la dotación de elementos de bioseguridad, así como elementos de protección personal.
Las medidas relacionadas con el aseguramiento en salud consistieron, por un lado, en medidas de carácter económico, entre las que están el reconocimiento para el personal en salud, se incluyen los mayores gastos estimados por cuenta de la atención individual en salud (i.e., las canastas de servicios, procedimientos y medicamentos, según la población afectada, y canastas de pruebas) y el mayor valor estimado por cuenta de incapacidades por enfermedad general, las cuales dependen directamente de la evolución de la pandemia. Finalmente, la puesta en marcha del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19 que recoge la compra de las vacunas, los insumos como jeringas, diluyentes, transporte, y el reconocimiento por el agendamiento de las citas y la aplicación de las vacunas a las IPS.
Más curioso resulta el informe del Ministerio de Salud del gobierno anterior sobre morbimortalidad durante la pandemia por Covid-19: Según datos preliminares de 2020, hubo una disminución global en el número de personas atendidas en comparación con el promedio de los años 2015-2019. (3)
La exacerbación de resultados negativos de ciertas patologías estuvo relacionada no solo con el virus SARS-CoV2 sino también con la forma como se presentaron los servicios, la restricción en la movilidad, con un impacto negativo en algunas patologías.
Para ilustrar un poco esto, los índices de morbilidad y mortalidad materna aumentaron durante y después de la apertura gradual por reducción de la demanda de controles maternos, lo que generó morbilidad prevenible no atendida y posiblemente contribuyó al aumento de complicaciones materno-perinatales. Para patología de menor riesgo de mortalidad, como la Hipertensión arterial y la diabetes, también se vio un incremento en la mortalidad debido a complicaciones como infarto agudo de miocardio. Las medidas de contención de la pandemia limitaron el acceso oportuno a controles preventivos y la continuidad en el tratamiento farmacológico de los pacientes. Es decir, la pandemia no es la justificación, puesto que el FOME proporcionó los recursos para la atención de la emergencia, por el contrario, las patologías que se atendían con la UPC disminuyeron por el confinamiento.
Ni la costumbre de haber usado siempre el dinero de la UPC para pagar deudas de vigencias pasadas, ni el flujo de recursos como justificación, ni querer acomodar la ilegalidad a la constitución, justifica los 38 hallazgos de la CGR, con incidencia fiscal, penal y disciplinaria que suma 6 billones en desvío de la UPC. Las deudas de las EPS se pagan con las reservas técnicas y van sustentadas contablemente. El único canal valido para registrar los costos en el sistema es a través de la provisión de reservas técnicas en el pasivo. No existe otra vía legal ni contable para hacerlo (Vicente Calvo,2024).
“La UPC debe usarse para la constitución de reservas técnicas (que al liberarlas se utilizan para el pago de servicios incurridos en el pasado) y para el pago de servicios y tecnologías de la vigencia en curso y de diferentes vigencias, como es propio de un sistema de aseguramiento “…”este es el único mecanismo legal para pagar servicios de vigencias anteriores. El uso de la UPC para pagar deudas pasadas sin pasar por el proceso adecuado de constitución, inversión y liberación de reservas técnicas constituye una práctica irregular y delictiva, que están reconociendo y que debe ser investigada a fondo, supervisada y sancionada por las autoridades competentes, en particular por la Superintendencia de Salud, Contraloría General de la Republica y Fiscalía General de la Nación” (Vicente Calvo,2024).
Sin embargo, surge una pregunta fundamental: ¿cómo pueden las EPS liberar reservas que no han sido debidamente constituidas e invertidas según lo estipulado por la ley y la normatividad?
Como afirma Vicente Calvo en su cuenta social de X “el meollo del asunto está en la distinción entre la UPC puede usarse y la UPC debe usarse”.
La ciudadanía exige que las entidades de salud demuestren una gestión financiera sólida desde el primer día de operaciones. Los constantes hallazgos de irregularidades, anomias normalizadas como si esto no implicara poner en riesgo la vida de todos, han generado una profunda desconfianza y la necesidad de auditorías forenses. Es hora de poner fin a prácticas fraudulentas que ponen en riesgo la salud de los colombianos y desvían recursos destinados a los trabajadores del sector. Las EPS liquidadas son una muestra clara de los riesgos que implica el incumplimiento de la ley y las normas.