Fallo judicial ordena acciones concretas al Gobierno colombiano para mitigar impactos en el clima generados por el sector minero energético

AIDA /

Como respuesta a un litigio liderado por AIDA y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Gobierno colombiano adoptar medidas específicas para el cumplimiento de los compromisos en materia de medioambiente, entre ellos incorporar en la política climática acciones para mitigar los impactos generados por el sector carbón.

La sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la respuesta en primera instancia a la acción de cumplimiento presentada por una coalición de organizaciones de la sociedad civil, centros de pensamiento y universidades para que el Estado incorpore los impactos de la cadena productiva del carbón en la política climática y adopte acciones concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática.

El pasado 10 de julio, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca evidenció el incumplimiento de una serie de obligaciones climáticas contenidas en la legislación nacional y ordenó al Gobierno nacional —concretamente a los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente y Desarrollo Sostenible— la adopción de medidas para cumplir con dichos compromisos, particularmente en relación con los impactos en el clima generados por el sector minero energético.

La sentencia es una respuesta —en primera instancia— a la acción de cumplimiento presentada el 4 de mayo por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), Censat Agua Viva, el de Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), POLEN Transiciones Justas, la Universidad de Magdalena y la investigadora Paola Yanguas. La finalidad de la acción judicial es que el Estado incorpore los impactos de toda la cadena productiva del carbón en la política pública climática y adopte medidas concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática.

En ese sentido, el fallo se convierte en uno de los primeros hitos a nivel nacional al cuestionar el papel que ha tenido Colombia en la actual crisis climática global y ordenar a los citados Ministerios el cumplimiento de las Leyes 1931 de 2018 y 2165 de 2021, normas que establecen las acciones mínimas que el país debe realizar para honrar sus compromisos climáticos a nivel internacional. La acción judicial demostró —mediante un trabajo de documentación, sistematización y análisis— que en los últimos seis años el gobierno ha omitido las obligaciones recogidas en esas normas.

En total, la sentencia generó ocho órdenes dirigidas a los dos Ministerios, entre ellas la de actualizar los estudios de impacto ambiental de la minería en Colombia para incluir los impactos climáticos. El tribunal ordenó también establecer regulaciones para hacer obligatorio que las empresas —especialmente las del sector carbón— establezcan registros obligatorios de emisiones de gases efecto invernadero (GEI).

La acción de cumplimiento cuestionó los instrumentos de política pública que han subestimado la contribución de las actividades del sector carbón a la crisis climática. Evidenció además vacíos de información críticos en los inventarios de GEI a nivel nacional, así como la falta de atribución de responsabilidades del sector carbón como parte de las causas estructurales de la crisis climática.

Colombia, al ser el mayor exportador de carbón en Latinoamérica, tiene la obligación de incorporar en sus compromisos climáticos la dimensión real de los impactos de dicho sector. Sin embargo, varias administraciones gubernamentales han obviado ese compromiso en los últimos seis años.

Este litigio constituye uno de los primeros a nivel regional en el que se ataca la falta histórica de un Estado en la gestión de sus compromisos en la lucha mundial contra la crisis climática. Ante los primeros resultados, es claro que este proceso tiene el potencial de convertirse en un caso exitoso de litigio estratégico y climático para el continente. 

Al ser una decisión tomada en la primera instancia del proceso, el Consejo de Estado está a cargo de emitir un fallo final. Si el alto tribunal ratifica la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Gobierno nacional deberá cumplir con las ocho órdenes en un plazo de seis meses, lo que implica la reformulación de puntos centrales de los instrumentos de gestión ambiental y de cambio climático en Colombia.

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