POR YURSHELL RODRÍGUEZ HOOKER, FERNANDO PANESSO JIMÉNEZ Y PATRICIA JULIA ESQUIVEL PARRA /
El propósito de este artículo es analizar críticamente el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia en agosto de 2012. Se encontró que el Manual es una apuesta instrumental por la mercantilización de la naturaleza. Este asigna mayor prioridad a intereses particulares que a la protección del medio ambiente en general.
Dicho Manual está concebido para compensar las pérdidas de biodiversidad, pero no prioriza la conservación. Los procesos de deterioro y fragmentación de los ecosistemas, y la consecuente pérdida de biodiversidad, han sido poco analizados en Colombia y, en particular, en la región andina.
Aunque el hombre, para subsistir, deba alterar la naturaleza, su intervención no necesariamente debe conducir a una crisis ambiental planetaria con ribetes tan insospechados como la generada por la civilización occidental, misma que ahora promueve los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas como propuesta de mercantilización de la vida y de erosión de las culturas (Cabrera-Otálora et al., 2020; Jiménez et al., 2018; Montaño Hurtado y Nieto Gómez, 2018).
Concebir el crecimiento económico como medio para alcanzar el bienestar ha llevado a la devastación de saberes locales y de grandes riquezas de fauna y flora (Cabrera-Otálora et al., 2020; Sánchez-Jiménez et al., 2018, 2020). En un contexto en el que florecen enfoques y estrategias para afrontar la crisis ambiental y social en el planeta, aparece el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Viceministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, el cual, permite cualquier intervención sobre los ecosistemas, intervenciones que independientemente de su naturaleza y del grado, siempre son compensables, según el manual. Su interpretación es que el desarrollo económico y la competitividad se pueden hacer compatibles con la prestación de los servicios ecosistémicos (Ángel Osorio, 2017; Giraldo-Díaz, Nieto-Gómez, et al., 2018; Reina y Rivas, 2015; Zúñiga y Miranda, 2014).
Este Manual, una vez aprobado, se constituyó en instrumento de uso obligatorio para solicitantes de licencia ambiental de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y establece los pasos que deben realizarse para determinar y cuantificar las medidas de compensación por pérdida de biodiversidad, respondiendo tres inquietudes fundamentales: i) cuánto compensar, ii) dónde compensar y iii) cómo compensar, bajo la jerarquía de la mitigación, es decir, se pueden compensar impactos a la biodiversidad que no puedan ser evitados, mitigados o corregidos (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, (2012).
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