Corte Constitucional analiza incluir crisis climática en estudios de impacto ambiental

POR ANTONIO JOSÉ PAZ CARDONA /

Investigadores colombianos presentaron una demanda en la que aseguran que la ley que reglamenta los estudios de impacto ambiental no contempla las obligaciones que el Estado ha adquirido para luchar contra la crisis climática. La demanda pretende que Colombia actualice la normativa que durante tres décadas ha regulado el licenciamiento ambiental en el país.

Este litigio es el primero en tocar este tema en América Latina y abre la puerta para que se genere un debate regional sobre las acciones de los Estados para mitigar y adaptarse al cambio climático.

La Corte Constitucional de Colombia analiza una demanda que pide incluir el cambio climático en los estudios de impacto ambiental (EIA) para proyectos extractivos.

Desde hace varios años la política exterior colombiana se ha esmerado por mostrar a la protección del medio ambiente y a la lucha contra la crisis climática como dos de sus principales banderas. Eso se contrapone con la realidad nacional, sobre todo porque la   legislación interna está desactualizada a la hora de exigir la mitigación de los efectos del cambio climático en los estudios de impacto ambiental que presentan los grandes proyectos extractivos que pretenden obtener licencias en Colombia.

Esa es una de las razones que llevó a que las organizaciones Dejusticia, Ilex Acción Jurídica y los investigadores Sibelys Mejía, David Cruz y Julián González presentaran una demanda en la que sostienen que el artículo 57 de la Ley 99, que reglamenta los estudios de impacto ambiental necesarios para que el Estado autorice el desarrollo de proyectos con impactos graves para el medio ambiente, no cumple con los estándares constitucionales y del derecho internacional a los que se ha acogido el Estado colombiano para luchar contra la crisis climática.

La demanda hace un llamado urgente para que se actualice la normativa que por tres décadas ha regulado el otorgamiento de permisos ambientales en el país, pero que, según los investigadores demandantes, se queda corta frente al mayor reto que enfrenta la humanidad: el cambio climático.

La acción legal fue admitida por la Corte Constitucional, tribunal que deberá pronunciarse al respecto en los próximos meses.

Buscando llenar un vacío legal

Dayana Blanco, directora general de ILEX Acción Jurídica, asegura que el hecho de que la Corte Constitucional haya admitido la demanda tiene un impacto positivo en relación con el esfuerzo que hace la sociedad civil para poner la lupa sobre temas importantes y relevantes en la actualidad, a través de diferentes estrategias de movilización legal.

Blanco afirma que la lucha contra el cambio climático es un tema que debería interesarle a todo el país, pero en el que poblaciones como indígenas, afro y campesinos presentan una mayor vulnerabilidad, pues muchos de los grandes proyectos extractivos que buscan una licencia ambiental pretenden asentarse en los territorios de estas comunidades.

“Con esta acción también esperamos unos impactos positivos específicos en poblaciones históricamente marginadas en el país, como son las campesinas, indígenas y afrocolombianas, en relación con el impacto ambiental que pueden generar licencias y concesiones cuando no se tienen en cuenta elementos de derechos humanos y de crisis y cambio climático”, comenta la directora de Ilex.

Laura Santacoloma, directora de la línea de Justicia Ambiental de Dejusticia, reconoce que la elaboración de esta demanda representó un gran desafío, pues exigía un conocimiento técnico profundo. “Que la Corte la haya admitido a pesar de ese nivel de tecnicismo es un paso muy importante, porque considera que puede haber un problema constitucional relacionado con las licencias ambientales. Esperamos que antes de que termine el 2024 haya un fallo de la Corte”, dice Santacoloma.

Los investigadores consideran que el objetivo del artículo 57 de la Ley 99, que detalla cómo deben ser los estudios de impacto ambiental en Colombia, es oportuno pero necesita actualizarse pues fue hecho en el contexto de los años noventa, cuando aún no se estudiaba ni dimensionaba con tanto detalle el impacto del cambio climático.

“No basta con el análisis de los elementos bióticos, abióticos y socioeconómicos. En el contexto global actual estos tres elementos no son suficientes, porque los riesgos climáticos son mucho más complejos. Por ejemplo, hay que tener en cuenta la seguridad alimentaria en muchos proyectos que tienen una larga vida de operación. ¿Cómo un proyecto de minería a 30 años, prorrogable por otros 30, va a afectar el territorio? El riesgo climático es a largo plazo”, asegura la investigadora de Dejusticia.

Los principales argumentos que le dieron a la Corte

Uno de los principales argumentos de la demanda es que en el 2024 hay nuevos estándares institucionales. Los investigadores consideran que hace 30 años, cuando se promulgó la Ley 99, la licencia ambiental y los estudios de impacto ambiental prometían ser un gran avance para la garantía de la protección a un ambiente sano. Por ese entonces no estaban previstas las obligaciones de enfrentar los efectos del cambio climático, pero recuerdan que la misma Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han reiterado la necesidad de honrar los compromisos del Estado en materia de adaptación y mitigación del cambio climático, y consideran que no tenerlo en cuenta en el proceso de licenciamiento ambiental lleva al Estado a incumplir sus compromisos internacionales.

Otro de los puntos que destaca la demanda es que la lucha contra el cambio climático es ineludible debido a la exacerbación de fenómenos climáticos como huracanes, incendios —como los que vive actualmente el país debido a un fenómeno de El Niño en un contexto de cambio climático— sequías e inundaciones, así como el agravamiento de desplazamientos climáticos, algunas epidemias y hambrunas, según ha informado el Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés).

Proyecciones del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) indican que para 2070, la temperatura media en Colombia podría aumentar entre dos y cuatro grados centígrados, con lo que se reducirían hasta en un 30 % los niveles de lluvias. Por eso, para los investigadores es urgente que el país identifique cómo los proyectos, obras o actividades que están sometidas a licenciamiento ambiental inciden en las emisiones de gases de efecto invernadero y en los compromisos de mitigación de Colombia frente al mundo. También creen que es necesario analizar cómo esos proyectos, especialmente los que pueden durar décadas o que generan impactos de gran magnitud, aumentan o disminuyen los riesgos asociados con los cambios en el clima de los territorios en los que se pretenden desarrollar, corriendo el riesgo de profundizar factores de pobreza y vulneración de derechos humanos.

Otro asunto de especial interés en la demanda es que la formulación actual del artículo 57 de la Ley 99 no menciona explícitamente la obligación de incluir el análisis de la variable climática, ni menciona cómo las autoridades deben actuar para prevenir los riesgos que estos proyectos o actividades pueden dejar en los territorios.

Los investigadores aseguran que este estándar no puede seguir siendo voluntario, ni debería depender de las políticas de gobierno o de las directrices de las autoridades de turno, ya que la emergencia climática exige que las normas se interpreten para proteger los derechos de las personas de manera sostenible y duradera.

“Hay un importante vacío constitucional que le deja voluntariamente a las autoridades ambientales la posibilidad de, si quieren, incluir el tema de cambio climático. Aunque lo incluyan, si hay un cambio de gobierno se pueden echar abajo todas esas cosas porque no son una obligación legal”, comenta Laura Santacoloma.

Dayana Blanco agrega que “esa suerte de vacío que existe es lo que, de alguna manera, ha llevado a que autoridades ambientales no exijan la revisión de los impactos relacionados con derechos humanos y cambio climático en el licenciamiento ambiental”.

Este litigio es el primero de este tipo en América Latina y el Caribe, y propone repensar la evaluación de impacto ambiental para que el desarrollo de los países se ajuste a estándares de mitigación y adaptación del cambio climático.

“En caso de que la Corte resuelva a favor las pretensiones, o se pronuncie sobre la necesidad de que las autoridades ambientales tengan en cuenta el cambio climático en materia de evaluación de impactos ambientales, será un precedente muy potente para América, especialmente para América Latina, en donde los problemas de adaptabilidad son muy serios y hay problemas de gestión del riesgo muy importantes”, dice Laura Santacoloma, y agrega que organizaciones en otros países ya han manifestado mucho interés en el debate regional que se abre con este litigio.