POR MARINO CANIZALES PALTA
“En una escoba”, así quedó convertido el proyecto de Ley Estatutaria No. 224 de 2023 por medio del cual se regula el Derecho Fundamental a la Educación y se dictan otras disposiciones, aprobado en Segundo Debate en Sesiones Plenarias Ordinarias de la Cámara de Representantes, los días 02, 08,10 y 15 de abril de 2024, con las correspondientes modificaciones que fueron pactadas y que le fueron introducidas durante su trámite. Lo anterior, según consta en Actas de Sesiones Plenarias Ordinarias Nos. 126, 129,130 y 131 de abril 02, 08, 10 y 15 de 2024. Luego, el 18 de abril de 2024 la Secretaría General de la Cámara de Representantes del Congreso de la República de Colombia envío dicho Proyecto de Ley a la Comisión Primera del Senado de la República con el fin de que “…siga su curso legal y reglamentario, de conformidad con lo establecido en el artículo 183 de la Ley 5 de 1992”.
En dicha Comisión Primera y después de un agitado debate, fue convertido en un esperpento por obra y gracia de la Ministra de Educación, Aurora Vergara, quien era su promotora a nombre del Gobierno Nacional. Parapetada en él “Santo Grial” del consenso, logró que la bancada del Pacto Histórico, coordinada por María José Pizarro, y Ariel Ávila, entre otros, conocido este por su habilidad para comentar datos surgidos de la violencia, votaron por unanimidad las propuestas de la derecha, sin ponerse pálidos. Como si eso fuese poco, aceptaron que la oposición bautizara dicho “consenso” con el eufemístico título de “enmienda”, lavándole así la cara a semejante capitulación.
Así salió aprobado de la citada Comisión Primera el referido proyecto de Ley Estatutaria, pasando a la plenaria del Senado para su discusión y votación final. La derecha no podía con la dicha, y la Ministra estaba orgullosa de los resultados producidos por el conjuro de su “consenso”. Habían desaparecido las diferencias, pues para ellos el mundo de la educación es neutral y plano. Allí no concurren o actúan poderes ni intereses de clase, no se tramitan ni se imponen ideologías, ni circulan concepciones sobre el mundo, la sociedad y el Estado, ni miradas ni valoraciones morales sobre el cuerpo, la identidad y la personalidad de los y las estudiantes, siendo estos últimos considerados seres asexuados, sin inclinaciones ni deseos, habitados por un alma uniforme que nadie sabe qué es ni de dónde salió. Así, todo quedó reducido a una discusión sobre la calidad de la educación como mercancía, y no como uno de los rasgos centrales para fortalecer la dignidad humana, que el derecho fundamental a la educación pública debe promover y garantizar dentro del ordenamiento interno que rige en este país.
Ella y los ensimismados parlamentarios del Pacto Histórico olvidaron que la educación, como el Derecho, son un campo de lucha, atravesados en forma permanente por conflictos y tensiones de clase. Al respecto, no está lejos la larga vigencia del Estado clerical que Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro impusieron al país por más de 105 años, hasta la aprobación de la nueva Constitución Política promulgada por la Asamblea Constituyente de 1991. Olvidaron o no lo sabían que, en virtud de la Constitución de 1886, aprobada en el marco de una caricatura sangrienta de Asamblea constituyente (conocido en esa época Consejo Nacional Constituyente), le fue entregada a la Iglesia católica, durante ese largo siglo, el control y dirección no sólo de la educación, sino también de todo el sistema educativo, cubierto luego con el ropaje despótico del Concordato de 1887, por el que el Estado colombiano cedió al Vaticano la soberanía materia educativa.
Sólo basta leer algunos de los ocho artículos contenidos en esa Constitución, para comprender de qué estamos hablando: “Artículo 38. La Religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación; Los poderes públicos la protegerán y harán que sea respetada como esencial elemento del orden social. Se entiende que la Iglesia Católica no es ni será oficial, y conservará su independencia”. “Artículo 40. Es permitido el ejercicio de todos los cultos que no sean contrarios a la moral cristiana ni a las leyes. Los actos contrarios a la moral cristiana o subversivos del orden público, que se ejecuten con ocasión o pretexto de un culto, quedan sometidos al derecho común”, (norma que continuó vigente hasta 1991). “Artículo 41. La educación pública será organizada y dirigida en concordancia con la Religión Católica. La instrucción primaria costeada con fondos públicos será gratuita y no obligatoria” 1.
En relación con lo anterior, alguien podrá argumentar que esa normatividad fue morigerada parcialmente por la reforma constitucional que realizó el Gobierno de Alfonso López Pumarejo durante su cuatrienio de 1934 a 1938. Sí, es cierto, pero el espíritu y la mentalidad clerical mantenidos y promovidos por el Estado continuaron vigentes, haciendo estragos en las familias y en el aparato escolar, soportado todo normativamente por el citado Concordato, hasta la promulgación de la Carta política de 1991, artículo 19, que estableció la libertad de cultos como derecho fundamental. Que el Estado colombiano siguió siendo clerical y autoritario, después de la reforma López en 1936, lo demuestra el Plebiscito convocado por la Junta Militar mediante el Decreto 247 de 1957, realizado el 1° de diciembre del mismo año, que modificó la Constitución Nacional y ratificó la concepción religiosa y promonárquica del Preámbulo que venía desde 1886. Luego, vendría la sentencia dictada por la Primera Corte Constitucional, de la que hizo parte el magistrado Carlos Gaviria Díaz, que abrogó y dejó sin efecto gran parte del Concordato antes referido, con fundamento en la nueva Constitución Política.
Sin embargo, el daño de larga duración a nivel de imaginarios y mentalidad clerical, con su cortejo de odios, intolerancia y discriminación, ya estaba hecho e incorporado a la salud moral de los colombianos. El régimen presidencial de Núñez y Caro vigente, como ya se dijo, por 105 años, moldeó y construyó un tipo de ciudadano autoritario y dogmático que causó daños arrasadores durante las distintas violencias que marcan la fisonomía histórica de este país, uno de cuyos rasgos más notables y trágicos, es el genocidio permanente. Hoy, después de 33 años de aprobada la Constitución Política en 1991, este país tiene más de 100.000 iglesias registradas, sólo que no pagan impuestos, incluida la Iglesia católica, como quedó pactado en la última reforma tributaria promovida por este gobierno, sin olvidar que la mayoría de sus cúpulas y cenáculos son uribistas.
La reforma que traicionaron la Ministra de Educación y los parlamentarios del Pacto Histórico en la Comisión Primera del Senado, era de carácter laico y democrático. En su artículo 5, o de los principios, se dice: “El derecho fundamental a la educación se orienta por los siguientes principios: “Literal U: Libertad Educativa. Es el derecho de los padres, madres o tutores legales a escoger la educación que recibirán sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. En el Literal F, quedó establecido: “Libertad de Cátedra. Se garantizará la libertad de cátedra, enseñanza e investigación de conformidad con la Constitución Política y la Ley”. Y en el Literal H, reza lo siguiente: “Autonomía de las Instituciones de Educación Superior. Se garantiza la autonomía de las Instituciones de Educación Superior de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución y la Ley”. Son 25 los principios de carácter democrático contenidos en el citado artículo 5, pero son los 3 antes descritos los que nuclean o vertebran el carácter laico de dicho Proyecto de Ley.
¿Y, dónde está la Ministra?
Las dos bancadas autoras de la citada “enmienda”, cada una a su manera, le han cubierto las espaldas mientras ella sigue aireando, como si nada grave hubiese ocurrido, su amado y supuestamente neutral “consenso”. Actúa y habla sin carácter autocrítico. Lo mismo puede predicarse de la bancada del Pacto Histórico que ella coordinó, haciendo mutis por el foro.
Se difuminó dentro del alboroto provocado por los medios de comunicación, y en forma hábil desapareció dejando tras de sí la “enmienda” que pactó con la derecha. Su fracaso es responsabilidad de otros que no entendieron su “voluntad de consenso”. Igual ocurrió antes con los episodios que rodearon la consulta interna de la Universidad Nacional y la elección de su Rector por el Consejo Superior Universitario (CSU). Al final de ese accidentado proceso, dicha Universidad terminó con dos Rectores, denuncias penales por posible prevaricato y demandas ante el Consejo de Estado. ¿Y la Ministra? En el punto más agudo de ese conflicto desapareció, no sin antes declararse impedida para firmar el Acta que diera cuenta de todo aquello, siendo presidente del CSU, y dejando a uno de sus Viceministros respondiendo por ese atolladero. Al final, la dirección de la Universidad y lo que pueda ocurrir después, ya no es asunto suyo, de lo cual ya se habla poco. Nadie la toca, y sigue moviéndose a sus anchas, volando sobre tirios y troyanos cubierta por la niebla del “consenso”.
Lo anterior explica, en gran parte, la actitud altisonante asumida por la senadora del Centro Democrático y miembro de la Comisión Primera del Senado, Paloma Valencia, en entrevista que le realizó el diario El Tiempo el pasado 11 de junio del año en curso. Estaba exultante, pues la victoria lograda no podía ser mejor: la “enmienda” que convirtió en una escoba el proyecto de Ley Estatutaria de Educación, que había llegado de la Cámara de Representantes para su discusión y aprobación, había sido aprobada por “consenso”, formulando igualmente un cúmulo de mentiras y descalificaciones contra aquel.
Al respecto, manifestó: “Logramos modificaciones que fueron sustantivas, buscando proteger la autonomía universitaria, quitamos un tremendo artículo con el que pretendían que los Rectores fueran elegidos por voto popular. Eliminamos la noción de la educación como bien público, que traía otros hijitos, donde el Estado podía entrar a mirar la administración y a tomar decisiones, incluso frente a instituciones privadas”.
Ante la pregunta de la periodista: “¿Y qué más le limpiaron al proyecto del Gobierno?”. Contestó: “Había artículos que pretendían que el Estado sólo pudiera invertir en educación pública y eso es matar el sistema mixto. Obligarnos a todos, especialmente a los más pobres, a la educación pública solamente. Las Universidades privadas requieren sistemas de crédito subsidiado, programas de becas, programas de excelencias, como ser Pilo Paga, participación en recursos de investigación. Colombia necesita tener colegios en concesión que han dado mejores resultados que los colegios públicos. Tenemos que avanzar en bono escolar para niños de menores ingresos, para que el padre de familia escoja entre el colegio público o el privado pagado por el Estado. La división de la educación no es entre pública y privada, sino entre educación de calidad y educación sin calidad. El Estado debe invertir, con una relación costo – beneficio, en la educación con calidad, no importa quién la preste. Logramos también incluir un factor que es determinante para la educación, que es la empleabilidad”.
Como puede observarse, lo aprobado por consenso en dicha Comisión Primera del Senado era una contrarreforma de tamaño heroico, mucho más regresiva en relación con lo ya existente, y venía enmascarada como un derecho fundamental. Con razón las oligarquías empotradas en el sistema educativo vigente, en particular, en la educación superior, salieron al corte cuando los maestros y maestras agrupados en torno a Fecode se manifestaron movilizaron contra esa “enmienda-esperpento” que estaba a punto de ser aprobada en la Plenaria del Senado.
En respuesta a esta actitud de lucha y resistencia, El diario El Tiempo publicó el día 18 de junio una “Carta abierta al Congreso de la República y a la Ministra de Educación” con el eufemístico subtítulo “Informe Institucional”, de página entera, con más de 200 firmantes, la mayoría del sector privado de la educación, firmantes que aparecen agrupados en la siguiente forma: A) Ministerio de Educación Nacional, 9 personas entre exministros y exviceministros, encabezados como era esperarse por Alejandro Gaviria, María Fernanda Campo, Francisco Lloreda y Germán Bula; B), otros, 23 personas, entre exministros de diferentes ramos y exmiembros de diferentes entidades de educación superior; C) 59 personas, como Rectores de Instituciones Educación Superior (IES) e instituciones para el trabajo y el desarrollo humano (ITDH), vinculados en gran parte al sector privado de la educación superior, donde destaca el nombre del profesor Ismael Peña como rector electo de la Universidad Nacional de Colombia, 2024 – 27; D) 18 personas como ex-rectores de Instituciones de Educación Superior – IES, y expertos en educación superior, entre los que destacan seis exrectores de la Universidad Nacional, Ignacio Mantilla, Dolly Montoya, Moisés Wasserman y Ricardo Mosquera y Diego López. Sigue luego una dilatada lista de representantes estudiantiles y estudiantes (18), Asociaciones y Gremios (15), Expertos en Educación (?) (36), y empresarios y organizaciones empresariales (33).2
¿Qué reclamaban estos señores? He aquí su respuesta: “El 5 de junio la Comisión Primera del Senado alcanzó un acuerdo de fondo sobre el Proyecto de Ley Estatutaria de Educación (PLEE), con la participación de diferentes bancadas y el Ministerio de Educación Nacional, consenso que actualmente está siendo desconocido. Con motivado interés ratificamos nuestra invitación al Congreso de la República y al Ministerio de Educación a respetar la esencia del acuerdo logrado para que se consolide un adecuado proyecto de ley que integre las necesidades sociales en materia de educación, siendo incluyente y pertinente para atender la realidad educativa colombiana”. Seguidamente hace varias advertencias y señala posibles riesgos, de mantenerse el proyecto salido de Cámara de Representantes, a la vez que descalifica a quienes lo defienden, no sin antes resaltar las supuestas bondades del embuchado, llamado por ellos, educación terciaria.
Llegados a este punto del análisis, en relación con la señora Ministra de Educación, Aurora Vergara, y para que no se crea que lo dicho en estas tiene un carácter personal, es preciso traer a colación las siguientes palabras de Marx en su prólogo de 1867 al Tomo 1° de la primera edición de ‘El capital’: “Dos palabras para evitar posibles equívocos. No pinto color de rosa, por cierto, las figuras del capitalista y el terrateniente. Pero aquí soló se trata de personas en la medida en que son la personificación de categorías económicas, portadores de determinadas relaciones e intereses de clase. Mi punto de vista, con arreglo al cual concibo como proceso de historia natural el desarrollo de la formación económico- social, menos que ningún otro podría responsabilizar al individuo por relaciones de las cuales él sigue siendo socialmente una creatura por más que subjetivamente pueda elevarse sobre las mismas”. 3
Lo anterior también puede predicarse respecto a otras personas que, como Ministros, han sido parte del Gabinete que participa en la administración del presidente Gustavo Petro, y que éste tercamente los ha considerado como del “centro político”, olvidando que también representan “las furias de los intereses privados”, causándole no pocas y amargas frustraciones. Es el caso, entre otros, de José Antonio Ocampo, Cecilia López, el atildado Alejandro Gaviria y Jorge Iván González, quien terminó siendo asesor del Gobernador de Antioquia, para más veras.
Lo que defendió Fecode
Visto lo anterior, era de esperarse que una organización sindical como Fecode y su amplia base social de maestras y maestros, se resistiera a semejante asalto por parte de los poderes privados dominantes en el sistema educativo a nivel nacional. Hicieron lo que tenían que hacer, ganar la calle para la protesta y la movilización, y declararse en paro del 12 al 20 de junio, logrando, en forma paradójica, el hundimiento, de la citada “enmienda”, defendida con ahínco por la derecha, como ha quedado demostrado antes. Digo paradójica y digo bien, pues el proyecto de Ley aprobado en la Plenaria de la Cámara de Representantes, era defensable, y con la “enmienda” aprobada en la Comisión Primera del Senado quedaba traicionado. La validez y alcances democráticos del primero, eran sepultadas por lo pactado en el segundo. Al final, como todos saben, el Gobierno Nacional se quedó sin proyecto de Ley Estatutaria, y la Ministra de Educación, en diferentes entrevistas realizada por los medios de comunicación, sigue enarbolando como si nada su desgraciado consenso. Habrá que presentarlo de nuevo, en la próxima legislatura, pero el costo político para el Gobierno Nacional ha sido muy alto.
Por último, es absolutamente falso lo afirmado por la derecha, en el sentido de que Fecode se oponía a la “enmienda” por temor a la evaluación docente. Todo lo contrario; en el inciso segundo del artículo 38 (Procesos de Evaluación) del Proyecto de Ley Estatutaria aprobado en la Plenaria de Cámara de Representantes se dice lo siguiente: “Con relación al proceso de evaluación docente, se tiene como finalidad el mejoramiento continuo de las capacidades de las y los maestros, y su finalidad no es señalar o retirar al maestro de su labor, e incluye la realización de pruebas técnicas, pedagógicas y reflexivas sobre su práctica y la participación activa de la comunidad educativa, que sean pertinentes y relevantes desde su contexto educativo, (sic) la evaluación será una construcción grupal mediada (sic) un proceso integrador que identifique las oportunidades de mejoramiento. El proceso de evaluación docente será de carácter obligatorio según los criterios determinados por el Gobierno Nacional y de acuerdo con la normatividad vigente” (negrillas fuera del texto).
Como puede observarse, son infamias lanzadas contra dicha organización sindical con el fin de encubrir los intereses de la educación privada. Por lo demás, en parte alguna del proyecto de ley se niega la participación de las instituciones de educación privada como prestadoras de servicios educativos. Son sólo eso: prestadoras del servicio de educación, y así está consignado en el proyecto de ley de la Cámara de Representantes. Darle al servicio prestado por esas entidades de derecho privado, el carácter de un derecho fundamental, lo mismo que a su pretendido derecho de educación terciaria, es un despropósito, y va contra los objetivos formulados en el citado proyecto de ley, artículos 1°, 2° y 3°.
Tiene toda la razón lo expresado por la exministra de Salud, Carolina Corcho, cuando afirma en artículo publicado en la Revista Sur, de junio 17, “….que uno de los pilares fundamentales del desarrollo de una nación es el fortalecimiento de la educación pública. Es la educación pública la que permite que haya movilidad social en una sociedad, que las personas humildes y campesinas puedan acceder a la educación, que el destino de la gente no dependa exclusivamente de la cuna en que nació”.4
Dicho todo lo anterior, sólo queda esperar, que el Presidente de la República no se vuelva a equivocar en la designación del nuevo Ministro o Ministra de Educación que tendrá como tarea central la de defender y promover ante el Congreso de la República el nuevo proyecto de Ley Estatutaria de la Educación como derecho fundamental. Seguir buscando en el llamado “centro político” ese futuro funcionario público, es volver hacerse el haraquiri, y exponerse a caer en una nueva frustración. La de educación, por segunda vez, también resultó de estirpe neoliberal. Cero y van cinco.
Notas
1). Ver Constitución Política de la República de Colombia, Imprenta de Vapor de Zalamea Hs, Bogotá, 1886.
2). Ver Karl Marx: El capital, Tomo I, Vol. 1, pp. 5 – 9, Edt. Siglo XXI Editores, México. D.F, 2005.
3). Ver El Tiempo, junio 18 de 2024, página 1.5, Bogotá, Colombia.
4). Ver Revista Sur, www.sur.org.co, 19 de junio 2024, Carolina Corcho, “El hundimiento de la Ley Estatutaria y el Movimiento Pedagógico”.